En el marco del Día Internacional de la lucha contra la Violencia hacia la Mujer, el estado de México se convirtió en la entidad número 18 en aprobar la despenalización del aborto, tras aprobar por mayoría de votos la iniciativa que reforma el Código Penal del Estado de México en materia de interrupción de embarazo, que fue presentada por diputadas integrantes de la Comisión de Igualdad de Género de la LXII Legislatura.
Al respecto, la presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, Zaira Cedillo Silva, resaltó que, tras años de debate, el Estado de México avanza en garantizar derechos sexuales y reproductivos al aprobar la interrupción legal del embarazo, ya que la iniciativa busca eliminar la criminalización, promover justicia social y asegurar condiciones dignas para mujeres, adolescentes y personas gestantes, especialmente en contextos vulnerables, y reconoció el papel de colectivas y luchas históricas. Este paso reafirma el compromiso de la legislatura con la equidad y la autonomía.
¿Qué se reforma?
Con esta aprobación, se reforman la denominación del Capítulo V, el artículo 248 y sus fracciones I, II y III; y se adicionan un segundo, tercero, cuarto y quinto párrafo.
CAPÍTULO V
INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO
Artículo 248.- No se considerará delito la interrupción del embarazo antes de las doce semanas completas de gestación. La interrupción del embarazo se sancionará en los términos de este capítulo a:
I. La mujer o persona gestante que, voluntariamente practique la interrupción del embarazo después de las doce semanas completas de gestación;
II. A la mujer embarazada o persona gestante que consintiere en que otra persona se lo hiciere y a quien lo practique con su consentimiento después de las doce semanas completas de gestación; y
III. A quien cometa la interrupción del embarazo en cualquier momento de la gestación sin el consentimiento de la mujer o persona gestante, se le impondrá de cinco a diez años de prisión y de cincuenta a cuatrocientos días multa y si en su comisión se emplea violencia física, psicológica, obstétrica o negligencia en los cuidados ginecobstétricos, la pena prevista aumentará en una mitad; en caso de que lo causare personal médico, de enfermería o partería, además de las sanciones que le correspondan conforme al presente artículo, se le suspenderá de tres a seis años en el ejercicio de su profesión, en caso de reincidencia la suspensión será hasta de veinte años.
A la persona responsable de las conductas previstas en las fracciones I y II del presente artículo, se le impondrán de seis meses a un año de prisión.
Para los efectos de este código se entiende por embarazo a la parte del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio.
Para los efectos de este Código se entiende por persona gestante a cualquier persona con aparato reproductor con capacidad de gestar, independientemente de su edad, identidad o expresión de género u orientación sexual.
También reforma el artículo 251 y sus fracciones I, II, III y IV; y se agrega un último párrafo, así como las fracciones V y VI
Artículo 251.- No se considerará delito la interrupción del embarazo, aun cuando se realice después de las doce semanas completas de gestación cuando:
I. Aquél que sea resultado de una acción culposa de la mujer o persona gestante;
II. El embarazo sea resultado de una violación, implantación de ovulo fecundado o inseminación artificial no consentida, independientemente de que exista o no denuncia de esos hechos;
III. De no provocarse la interrupción del embarazo, la mujer o persona gestante corra peligro de muerte, o su salud se vea severamente afectada física o mentalmente a juicio del médico que la asista;
IV. A juicio del médico que la asista, exista prueba suficiente para diagnosticar que el producto sufre alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar por resultado el nacimiento de un ser con trastornos físicos o mentales graves;
V. La mujer embarazada o persona gestante haya sido ocultada, obstaculizada, amenazada o privada de su libertad para evitar realizar la interrupción dentro del plazo de las doce semanas, y
VI. Exista un trastorno ginecológico que, a juicio de médico especialista, haya impedido a la mujer o persona gestante tener el conocimiento del embarazo.
En el caso de las fracciones II, III, IV, V y VI se deberá contar con el consentimiento informado por parte de la mujer embarazada o persona gestante. El personal médico y de salud deberá proporcionar a la mujer embarazada o persona gestante, información objetiva, veraz, suficiente y oportuna sobre los procedimientos, riesgos, consecuencias y efectos; así como de los apoyos y alternativas existentes.
Manifestaciones en favor y en contra de la iniciativa:
EN CONTRA: | A FAVOR |
Emma Laura Álvarez Villavicencio, pidió priorizar políticas que prevengan embarazos no deseados, promuevan educación sexual integral y apoyen a mujeres vulnerables, ya que que la interrupción del embarazo genera sufrimiento, por lo que pidió reflexionar sobre las consecuencias de las decisiones legislativas y trabajar juntos por políticas públicas que protejan a los más vulnerables, especialmente a mujeres y niñas, promoviendo oportunidades y derechos igualitarios.
Por su parte, Krishna Karina Romero Velázquez, argumentó que cada ser humano tiene un valor único y merece protección, por lo que, el aborto no es la solución, ya que es necesario atender las causas estructurales que llevan a embarazos no deseados, como la falta de acceso a educación sexual, métodos anticonceptivos y redes de apoyo. Ante ello, es importante proponer políticas integrales que incluyan prevención, acompañamiento y educación para garantizar oportunidades y respaldo a mujeres en situación de vulnerabilidad.
Anuar Roberto Azar Figueroa, rechazó la reforma por considerar que no protege eficazmente los derechos de las mujeres ni responde a sus necesidades reales. Y destacó que los tratados internacionales ratificados por México, como el Pacto de San José, protegen la vida desde la concepción, y que ningún instrumento jurídico reconoce el aborto como un derecho humano. Aunado a que el aborto en la Ciudad de México no ha cumplido sus objetivos, como reducir la mortalidad materna, mejorar los indicadores educativos o reducir el aborto clandestino. Además, que no hay mujeres encarceladas en México por abortar, y que falta sustento financiero para garantizar los servicios relacionados con la interrupción legal del embarazo. En cambio, se propuso alternativas que incluyen el parto humanizado, apoyo económico a madres, sanciones a hombres que abandonen a mujeres embarazadas, y procedimientos para garantizar pensiones alimenticias.
Mientras que Rocío Alexia Dávila Sánchez, sostuvo la importancia de visibilizar y abordar las deudas históricas hacia las mujeres, señalando que aún persisten la violencia sistémica, la falta de educación sexual y la carencia de políticas públicas eficaces en salud, economía y seguridad, pero que la iniciativa no ataca los problemas de fondo que enfrentan las mujeres, como el rezago económico, la salud mental desatendida y la violencia generalizada; por lo que, como feminista, rechaza la criminalización de las mujeres, pero aboga por medidas preventivas que garanticen el pleno desarrollo de sus derechos.
Por su parte, Pablo Fernández de Cevallos González, afirmó que la justicia no es un favor, es un derecho, por lo que analizar la iniciativa para legalizar el aborto hasta las 12 semanas en el Estado de México, exige reflexionar profundamente sobre sus implicaciones éticas y sociales. EL diputado afirmó que desde la bioética, el principio de no maleficencia obliga a proteger la vida humana desde la concepción, valorando el latido del corazón y la función cerebral como señales de vida independiente. Con ello, pidió que en lugar de promover el aborto como solución, se deben implementar políticas públicas que ataquen las causas estructurales de la desigualdad como el acceso limitado a educación, salud, empleo digno y redes de apoyo, además de que proteger la dignidad humana, implica brindar alternativas reales que promuevan decisiones libres, basadas en apoyo integral y justicia social.
Finalmente, Joanna Alejandra Felipe Torres, señaló que el derecho a la vida es fundamental y prioritario en el marco legal internacional y nacional, protegido desde la concepción, por lo que, la despenalización del aborto no resuelve los problemas estructurales que enfrentan las mujeres, como violencia, pobreza y discriminación, y desvía recursos públicos sin atacar las causas profundas. Detalló que estudios recientes evidencian que el aborto legal no es siempre seguro y genera impactos físicos y emocionales severos, especialmente en jóvenes, por ello, en lugar de promoverlo, se debe garantizar que los embarazos sean seguros y voluntarios mediante educación, acceso a salud y apoyo integral. Así, defender la vida implica reconocer la maternidad como un derecho, no una imposición, y construir un sistema que respalde a las mujeres con dignidad y justicia, ya que el aborto legalmente no es un derecho. | Para la diputada Paola Jiménez Hernández, la aprobación de la interrupción legal del embarazo en el Estado de México marca un momento histórico de justicia social, reconociendo la autonomía de las mujeres y personas gestantes, al proteger derechos, castigar actos violentos sin consentimiento y rechaza prejuicios que perpetúan desigualdad y violencia. Señaló que el cambio legislativo transforma una postura social histórica, eliminando prejuicios y violencia que limitaban derechos.
La diputada Araceli Casasola Salazar, señaló que esta acción es el resultado de décadas de lucha de feministas, colectivos y legisladores comprometidos con los derechos de las mujeres y personas gestantes, y reconoció que la maternidad debe ser una decisión y no una obligación. Sin embargo, subrayó la importancia de complementar la legislación con reformas al Código Administrativo y Civil para asegurar la implementación efectiva de este derecho.
Ruth Salinas Reyes, celebró la importancia histórica de la despenalización del aborto en el Estado de México, y reconoció a movimientos feministas, afirmó que la despenalización pondrá fin a la criminalización de mujeres por abortar, eliminando las carpetas de investigación y garantizando el derecho a decidir sobre sus cuerpos. Sin embargo, destacó que no existen hombres procesados por presionar a sus parejas a abortar, lo que evidencia desigualdades estructurales, y agregó más reformas pendientes, pues faltan cambios en salud, educación y presupuesto para garantizar acceso a servicios médicos seguros, gratuitos y universales, especialmente en zonas rurales e indígenas, así como una mayor orientación en salud sexual y reproductiva.
Para Ana Yurixi Leyva Piñón, la despenalización del aborto es un acto de justicia social y una oportunidad histórica para garantizar los derechos humanos y reproductivos de las mujeres en el Estado de México. Señaló que este debate no trata de cifras ni de ideologías, sino de reconocer las historias de mujeres que enfrentan embarazos no deseados, especialmente aquellas en situación de vulnerabilidad, quienes sufren violencia institucional y discriminación al no tener acceso a servicios seguros. Por ello, la aprobación de la iniciativa, es un paso hacia la autonomía, la salud y la igualdad.
En su oportunidad, Gloria Vanessa Linares Zetina, refirió que la defensa de los derechos humanos y la igualdad sustantiva son pilares fundamentales , por lo que se debe reconocer la importancia de garantizar a las mujeres acceso pleno a sus derechos, sin importar su condición social o económica, de ahí que se respalde la despenalización de la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas, y que a su vez, sea acompañada de servicios de salud de calidad, educación sexual preventiva y apoyo integral post-procedimiento. Afirmó que esta iniciativa no solo representa un paso histórico hacia la justicia social, sino también un compromiso con políticas públicas que aborden las causas estructurales de desigualdad y violencia; por ello, afirmó que seguirán legislando para proteger a las mujeres y garantizar sus derechos.
Finalmente, Selina Trujillo Arizmendi, reconoció que los egos partidistas, han hecho que solamente se trate la despenalización, y no en una reforma integral, por lo que deberán seguir luchando por un mayor alcance para avanzar en los derechos de las mujeres. La propuesta de despenalización de la interrupción legal del embarazo, señaló, no es un debate moral, sino un acto de justicia social y salud pública. Afirmó que cada año, miles de mujeres, especialmente niñas en condiciones de pobreza o violencia, enfrentan embarazos no deseados sin opciones legales seguras, por ello, la reforma busca proteger su salud, dignidad y decisiones, evitando criminalizarlas, y por el contrario, garantizar que las leyes reflejen igualdad, justicia y respeto para construir un futuro más equitativo. |
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